viernes, 28 de agosto de 2009

CARACTERISTICAS DE LAS NORMAS AMBIENTALES

LEY 99 DE 1993

_El proceso de desarrollo económico y social del país se orientará según los principios universales y del desarrollo sostenible.
.Declaraciòn del Rio de Janeiro.

_La biodiversidad del país, por ser patrimonio nacional y de interés de la humanidad, deberá ser protegida prioritariamente y aprovechada en forma sostenible.
.El desarrollo sostenible busca sostener para las futuras.

_Las políticas de población tendrán en cuenta el derecho de los seres humanos a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza.
.Afirma el Articulo de la constituciòn politica que debemos gozar de un ambiente sano y una mejor calidad de vida.

_Las zonas de páramos, subpáramos, los nacimientos de agua y las zonas de recarga de acuíferos serán objeto de protección especial.
.Debemos proteger los paramos, subparamos y nacimientos de agua.


_En la utilización de los recursos hídricos, el consumo humano tendrá prioridad sobre cualquier otro uso.
.Derecho a cuidarlo y protegerlo.

_La formulación de las políticas ambientales tendrán cuenta el resultado del proceso de investigación científica. No obstante, las autoridades ambientales y los particulares darán aplicación al principio de precaución conforme al cual, cuando exista peligro de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces para impedir la degradación del medio ambiente.
.Todas las politicas que se van a formular deben de tener una toma de desiciòn a partir de la investigaciòn.


_El Estado fomentará la incorporación de los costos ambientales y el uso de instrumentos económicos para la prevención, corrección y restauración del deterioro ambiental y para la conservación de los recursos naturales renovables.
.Costos ambientales.

_El paisaje por ser patrimonio común deberá ser protegido.
.El paisaje debe ser protegido.

_La prevención de desastres será materia de interés colectivo y las medidas tomadas para evitar o mitigar los efectos de su ocurrencia serán de obligatorio cumplimiento.
.Prevenciòn de desastres.

_La acción para la protección y recuperación ambientales del país es una tarea conjunta y coordinada entre el Estado, la comunidad, las organizaciones no gubernamentales y el sector privado. deberá ser protegido.
.Acciones conjuntas y apoyo gubernamental no fundamentales.

_Los estudios de impacto ambiental serán el instrumento básico para la toma de decisiones respecto a la construcción de obras y actividades que afecten significativamente el medio ambiente natural o artificial.
.Toma de desiciones.

_El manejo ambiental del país, conforme a la Constitución Nacional, será descentralizado, democrático y participativo.
.Descentralizaciòn.

_Para el manejo ambiental del país, se establece un Sistema Nacional Ambiental -SINA- cuyos componentes y su interrelación definen los mecanismos de actuación del Estado y la sociedad civil.
.El SINA, Sistema Nacional Ambiental.

_Las instituciones ambientales del Estado se estructurarán teniendo como base criterios de manejo integral del medio ambiente y su interrelación con los procesos de planificación económica, social y física.

.Estructuraciòn.

_Sistema Nacional Ambiental -SINA-. El Sistema Nacional Ambiental -SINA- es el conjunto de orientaciones, normas, actividades, recursos, programas e instituciones que permiten la puesta en marcha de los principios generales ambientales contenidos en esta ley.

.Las entidades del Estado responsables de la política y de la acción ambiental, señaladas en la ley.

.Las fuentes y recursos económicos para el manejo y la recuperación del medio ambiente.

.Las entidades públicas, privadas o mixtas que realizan actividades de producción de información, investigación científica y desarrollo tecnológico en el campo ambiental.


DECRETO 2811 DE 1974

_Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente.

_El ambiente es un patrimonio común.

_El Estado y los particulares deben participar en su preservación y manejo, que son de utilidad pública e interés social.

_La preservación y manejo de los recursos naturales renovables también son de
utilidad pública e interés social.

_Este principio tiene por objeto lograr la preservaciòn y restauraciòn del medio ambiente y sobre todo su conservaciòn, tambièn tener en cuenta hacer la reutilizaciòn y mejoramiento de los recursos naturales renovables.

_Prevenir y controlar los efectos nocivos de los recursos naturales no
no renovables sobre los demás recursos.

_El manejo de los recursos naturales renovables a saber:
.La atmósfera y el espacio aéreo nacional.
.Las aguas en cualquiera de sus estados.
.la tierra, el suelo y el subsuelo.
.La flora
.La fauna
.Las fuentes primarias de energía no agotables.
.Las pendientes topográficas con potencial energético.
. Los recursos geotérmicos.
.Los recursos biológicos de las aguas y del suelo y el subsuelo del mar
territorial y de la zona económica de dominio continental e insular de la
República.

_Los demás elementos y factores que conforman el ambiente o influyan en el
denominador de este Código elementos ambientales, como:
.Los residuos, basuras, desechos y desperdicios.
.El ruido.
.Las condiciones de vida resultantes de asentamiento humano urbano o
rural.
.Los bienes producidos por el hombre o cuya producción sea inducida o
cultivada por él, en cuanto incidan o puedan incidir sensiblemente en el
deterioro ambiental.

_Se consideran factores que deterioran el ambiente, entre
otros:
.La contaminación del aire, de las aguas, del suelo y de los demás recursos
naturales renovables.

_La contaminación puede ser física, química o biológica:
.La degradación, la erosión y el revenimiento de suelos y tierras.
.Las alteraciones nocivas de la topografía.
.Las alteraciones nocivas del flujo natural de las aguas.
.La sedimentación en los cursos y depósitos de agua.
.Los cambios nocivos el lecho de las aguas.
.La extinción o disminución cuantitativa o cualitativa de especies animales o
vegetales o de recursos genéticos.
.La introducción y propagación de enfermedades y de plagas.
.La introducción, utilización y transporte de especies animales o vegetales
dañinas o de productos de sustancias peligrosas.
.La alteración perjudicial o antiestética de paisajes naturales.
.La disminución o extinción de fuentes naturales de energía primaria.
.La acumulación o disposición inadecuada de residuos, basuras, desechos y
desperdicios.
.El ruido nocivo.
.El uso inadecuado de sustancias peligrosas.
.La eutrificación, es decir, el crecimiento excesivo y anormal de la flora en
lagos y lagunas.
.La concentración de población humana urbana o rural en condiciones
habitacionales que atenten contra el bienestar y la salud.

_Los recursos naturales y elementos ambientales, son interdependientes.

_La utilización de los elementos ambientales o de los recursos naturales
renovables deben hacerse sin que lesione el interés general de la comunidad.

_Los recursos naturales renovables no se podrán utilizar por encima de los
límites permisibles que al alterar las calidades físicas, químicas o biológicas
naturales produzcan el agotamiento o el deterioro grave de esos recursos o se
perturbe el derecho.

_La planeación del manejo de los recursos naturales renovables y de los
elementos ambientales debe hacerse en forma integral, de tal modo que
contribuya al desarrollo equilibrado urbano y rural. Para bienestar de la
comunidad, se establecerán y conservarán en los centros urbanos y sus
alrededores espacios cubiertos de vegetación.

PROTOCOLO KYOTO

Cuando adoptaron la Convención, los gobiernos sabían que sus compromisos no serían suficiente para abordar en serio los problemas del cambio climático. En la CP1 (Berlín, marzo/abril de 1995), en una decisión conocida con el nombre de Mandato de Berlín, las Partes pusieron en marcha una nueva ronda de conversaciones para decidir la adopción de compromisos más firmes y más detallados para los países industrializados. Después de dos años y medio de negociaciones intensas, se adoptó el protocolo de Kyoto en la CP3 de Kyoto (Japón), el 11 de diciembre de 1997.

No obstante, debido a la complejidad de las negociaciones, quedaron “pendientes” un considerable número de cuestiones, incluso después de la adopción del Protocolo de Kyoto. En éste se esbozaban los rasgos básicos de sus “mecanismos” y el sistema de cumplimiento, por ejemplo, pero no se especificaban las transcendentales normas que regulaban su funcionamiento. Aunque 84 países firmaron el Protocolo, lo que significaban que tenían intención de ratificarlo, muchos se resistían a dar ese paso y hacer que el Protocolo entrara en vigor, antes de tener una idea clara sobre las normas del tratado.

PROTOCOLO KYOTO Y SUS NORMAS.

El Protocolo de Kyoto de 1997 tiene los mismos objetivos, principios e instituciones de la Convención, pero refuerza ésta de manera significativa ya que a través de él las Partes incluidas en el anexo I se comprometen a lograr objetivos individuales y jurídicamente vinculantes para limitar o reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero. Sólo las Partes a la Convención que sean también Partes al Protocolo (es decir, que lo ratifiquen, acepten, aprueben o adhieran a él) se ven obligadas por los compromisos del Protocolo. Los objetivos individuales para las Partes incluidas en el anexo I se enumeran en el anexo B del Protocolo de Kyoto. Entre todos suman un total de recorte de las emisiones de gases de efecto invernadero de al menos el 5% con respecto a los niveles de 1990 en el periodo de compromiso de 2008-2012.

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